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¿Se están cumpliendo los requisitos técnicos de la normativa lumínica? Desde que la DS N°1/2022 entró en vigencia en octubre de 2024, esta pregunta ha estado sobre la mesa. Para responderla, Fundación Cielos de Chile elaboró un informe de análisis basado en los proyectos de alumbrado público declarados ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) en las 29 comunas que conforman las Áreas Astronómicas del país. El documento está disponible en nuestra sección de Recursos.
Dentro de seis meses, en octubre de este año, la Nueva Norma Lumínica se extenderá a alcance nacional. O sea, lo que actualmente rige para las Áreas de Protección Especial comenzará a aplicar para todo el país. El DS N°1/2022 plantea requisitos técnicos claros para las luminarias de alumbrado público y otros cuatro tipos de alumbrados exteriores. La pregunta que motivó este informe es si, en la práctica, los mecanismos disponibles están garantizando que esas exigencias se cumplan.
Con octubre cada vez más cerca, lo que ocurre o no ocurre en materia de fiscalización en estas zonas marcará el estándar para ese proceso al ser zonas que requieren esfuerzos adicionales. Por eso, este informe nace con un enfoque preventivo: identificar a tiempo las brechas que, de no corregirse, podrían replicarse a escala nacional.
La causa: una brecha en la declaración de instalaciones
Antes de revisar los datos, es necesario entender por qué existe el problema. El TE2 es la Declaración de Puesta en Servicio de Obras de Alumbrado Público que deben realizar los instaladores autorizados antes de energizar cualquier nueva instalación. El DS N°1 menciona este trámite como el mecanismo a través del cual deben declararse las instalaciones de alumbrado público peatonal y vehicular, y corresponde a la SEC fiscalizar la comercialización de los productos certificados e informar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sobre las instalaciones declaradas.
Sin embargo, el informe identifica un quiebre en ese esquema: la documentación histórica registra que en versiones previas del sistema se eliminó la validación que hacía obligatorio el certificado de contaminación lumínica para las regiones del norte del país. Como señala el propio informe, “no basta con que el TE2 reciba información sobre el proyecto; resulta necesario que exija, de manera obligatoria y verificable, la acreditación del cumplimiento del DS N°1 como condición previa a la puesta en servicio de las obras”.
Los datos
El análisis revisó 464 proyectos con 730 registros de luminarias declaradas ante la SEC entre el 19 de octubre de 2024 y el 27 de febrero de 2026 en las 29 comunas declaradas como áreas astronómicas. El resultado es que solo el 36,7% de las lámparas declaradas cumple con la norma. Casi dos de cada tres lámparas declaradas en las zonas donde la exigencia es mayor no acreditan cumplimiento con el DS N°1. Como concluye el informe, “la brecha observada no es marginal ni meramente formal; se trata de un incumplimiento extendido, materialmente relevante y asociado a una proporción significativa de la infraestructura de alumbrado público efectivamente declarada”.
Las diferencias entre regiones son significativas: Antofagasta lidera con un 59,2% de cumplimiento ponderado por lámparas, mientras Atacama alcanza un 24,6% y Coquimbo registra el nivel más bajo, con un 19,3%.
Hay además un hallazgo que merece especial atención desde una perspectiva de política pública. La norma establece plazos más estrictos para las comunas cercanas a los observatorios (aquellas ubicadas a menos de 100 km de un sitio astronómico), lo que presumiblemente debería implicar mejores resultados en esas zonas. Sin embargo, las comunas cercanas presentan un cumplimiento de 35,5%, prácticamente igual al 35,4% de las comunas lejanas. Si bien la normativa de Chile es llamativa desde el exterior al liderar la preocupación regional por los daños que puede generar la luz artificial, este informe muestra que una mayor exigencia normativa no se está traduciendo en mejores resultados.
Un dato adicional desmonta un argumento frecuente: que el incumplimiento podría atribuirse al uso de tecnologías antiguas. La base está dominada casi en su totalidad por tecnología LED. Sin embargo, incluso dentro de esta categoría, el cumplimiento alcanza solo un 39,2%. El problema no es la tecnología disponible.
La lectura por potencia instalada refuerza el diagnóstico. Del total de 1.004,2 kW identificados en la base, el 49,8% se concentra en proyectos completamente no conformes, mientras que solo el 27,2% corresponde a proyectos que cumplen íntegramente. Dicho de otra forma: casi la mitad de la potencia de alumbrado público declarada en las Áreas Astronómicas está asociada a instalaciones que no cumplen con la norma vigente.
La recomendación
El informe no solo describe el problema, también propone una solución concreta. Restablecer la obligatoriedad de la certificación en el TE2 no requiere crear nueva institucionalidad: solo hacer plenamente operativo lo que el DS N°1 ya establece. Como señala el documento, los resultados obtenidos “justifican avanzar hacia un TE2 que no solo reciba antecedentes, sino que exija trazabilidad verificable de la certificación aplicable a las luminarias declaradas”.
Con la extensión de la norma a todo el país en octubre de 2026, esta corrección se vuelve urgente. Si el mecanismo de declaración no garantiza trazabilidad verificable antes de la puesta en servicio, el incumplimiento observado hoy en las Áreas Astronómicas corre el riesgo de replicarse a escala nacional.
Tener una norma no es suficiente. Este informe es nuestra contribución a la conversación sobre cómo hacerla cumplir.
¿Quieres profundizar en los resultados, la metodología y las recomendaciones completas? El informe está disponible en la nueva sección de Recursos de Fundación Cielos de Chile en cieloschile.cl
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